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Tarjeta de residente en zona peatonal

  • Descripción

    Obtener autorización para realizar operaciones de carga y descarga esporádica en su domicilio (sito en zona o calle peatonal).

  • Formulario

  • Solicitante

    Residentes empadronados en zonas peatonales afectas a la obtención de acreditación.

  • Presentación

    Lugar:

    Registro General – Ayuntamiento de Logroño (Avda. de la Paz nº 11)

    Horario:

    De 9 a 14 horas de lunes a viernes

    Medios:

    Teléfono: 010 FAX: 941277079

    Documentación:

    En todos los casos: Fotocopia del permiso de circulación del vehículo Además, para: • Vehículo en renting o leasing póliza de seguro en que el solicitante figure como conductor habitual. • Vehículo Cedido por su empresa, documento que autorice al solicitante a disponer del vehículo fuera de su horario laboral y que tributa como retribución en especie en el IRPF. • Las Personas empadronadas en situación de Especial Dependencia, deberá formular solicitud acompañada de la documentación acreditativa de la concurrencia de las circunstancias que motivan su expedición, no siendo suficiente certificación de la edad o del porcentaje de discapacidad.

    Requisitos:

    • En el caso de vehículo particular: El solicitante deberá estar empadronado en zona peatonal y ser titular del vehículo turismo para el que se solicita la tarjeta, estando al corriente del pago del IVT. Todos los domicilios que figuren en los respectivos documentos serán coincidentes en el domicilio sito en la calle peatonal de que se trae. • En los casos en que una persona física reúna la condición de propietario de un vehículo y poseedor de otro a través de las fórmulas antes indicadas, no podrá solicitar tarjeta de residente para ambos vehículos, debiendo optar por una de las dos situaciones. • Para los residentes empadronados en zona peatonal, que se encuentren en situación de especial dependencia, ya sea por discapacidad o por edad, podrán solicitar un permiso especial para estacionamiento y parada en superficie, cualquiera que sea el vehículo que utilicen, por un tiempo máximo de 20 minutos. Se excepcionan las personas empadronadas en domicilios en los que exista ya tarjeta de residente o bien acreditación para acceso a garajes.

  • Gestión

    Órgano Gestor:

    Movilidad Sostenible

  • Información Adicional

    Normativa Relacionada:

    Acuerdos Comisión de Gobierno de Fechas 22-11-95 y Resolución de Alcaldía nº 0772/2009 de fecha 16 de julio de 2009.